El pasado 25 de marzo, la Cámara de Diputados aprobó una reforma constitucional para poner fin a las llamadas “pensiones doradas”, aquellas jubilaciones que reciben exfuncionarios y extrabajadores de organismos públicos por montos que, en algunos casos, superan ampliamente el salario de la persona titular del Poder Ejecutivo Federal. Días después, el 10 de abril, el decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación y entró en vigor el 11 de abril de 2026.

La reforma modifica el artículo 127 constitucional para establecer que ninguna pensión podrá exceder el equivalente al 50% de la remuneración de quien ocupe la Presidencia de la República. Considerando que, de acuerdo con el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2026, el ingreso neto mensual de la presidenta Claudia Sheinbaum asciende a 134 mil 290 pesos, el nuevo límite se ubicaría alrededor de los 67 mil pesos mensuales.

La medida fue recibida con amplio respaldo social. No resulta difícil entender por qué. En un país donde el ingreso promedio trimestral de los hogares por concepto de jubilaciones y pensiones es de apenas 6 mil 244 pesos, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) 2024, resulta difícil justificar que existan personas que reciben mensualmente cientos de miles de pesos e incluso más de un millón de pesos provenientes del erario.

Las cifras difundidas por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno alimentaron esta percepción. Tan solo en Luz y Fuerza del Centro, en liquidación existen miles de jubilados que perciben más de 100 mil pesos mensuales; en Pemex y la Comisión Federal de Electricidad miles de pensionados reciben ingresos superiores al salario presidencial, con un costo conjunto de varios miles de millones de pesos al año. En un contexto de profundas desigualdades sociales, estas diferencias parecen difíciles de defender ante la opinión pública.

Pero el debate no termina ahí.

Quienes respaldan la reforma argumentan que el Estado tiene la obligación de corregir privilegios incompatibles con una sociedad democrática y con unas finanzas públicas cada vez más presionadas. El argumento no es menor. México enfrenta desde hace años una discusión sobre la sostenibilidad de sus sistemas de pensiones. De acuerdo con el CIEP, en 2024 el gasto pensionario representó aproximadamente 5.8% del PIB, equivalente a casi dos billones de pesos. Actualmente el país destina cerca del doble de recursos a pensiones que a la universalización de los servicios de salud. Bajo esta óptica, cualquier esfuerzo orientado a racionalizar el gasto público parece no solo legítimo, sino necesario.

Sin embargo, la reforma incorpora un elemento que ha generado preocupación entre especialistas constitucionales y los propios pensionados, su aplicación a pensiones ya otorgadas y actualmente vigentes.

Los artículos transitorios establecen que las jubilaciones existentes deberán ajustarse al nuevo límite, incluso cuando hayan sido reconocidas antes de la entrada en vigor de la reforma. Es precisamente aquí donde surge una de las discusiones más delicadas para cualquier Estado democrático, la tensión entre la justicia material y la seguridad jurídica.

La prohibición de aplicar retroactivamente las normas en perjuicio de las personas constituye uno de los pilares del Estado de derecho. Su importancia radica en que permite a las personas planear su vida con base en reglas estables y previsibles. Cuando el Estado modifica situaciones jurídicas ya consolidadas, especialmente aquellas derivadas de años de trabajo, aportaciones y contratos previamente celebrados, surge inevitablemente la pregunta sobre los límites del poder público para redefinir derechos adquiridos.

Defender este principio no implica necesariamente justificar pensiones excesivas. De hecho, ambos debates deberían mantenerse separados. Una cosa es reconocer que existen prestaciones que resultan socialmente difíciles de explicar; otra muy distinta es aceptar que el Estado pueda modificar retrospectivamente cualquier situación jurídica que considere inconveniente.

Pero también existe una pregunta incómoda que rara vez aparece en la discusión pública. Antes de asumir que todas estas pensiones constituyen derechos adquiridos intocables, convendría preguntarse bajo qué condiciones fueron otorgadas originalmente. ¿Todas nacieron conforme a los principios de legalidad, racionalidad y equidad que deben regir el servicio público? ¿O algunas fueron producto de esquemas privilegiados, cláusulas extraordinarias o arreglos institucionales que difícilmente podrían justificarse frente al interés general?

La respuesta probablemente no sea uniforme. Es posible que existan casos de personas que construyeron legítimamente sus derechos pensionarios bajo las reglas vigentes durante décadas. Pero también es posible que algunos beneficios hayan surgido de mecanismos diseñados en contextos muy distintos a los actuales, con escaso escrutinio público y costos crecientes para las finanzas nacionales.

Por ello, la discusión de fondo no debería reducirse a elegir entre proteger privilegios o respaldar recortes. México necesita una reforma profunda de su sistema pensionario, una que garantice sostenibilidad financiera, reduzca desigualdades y fortalezca la protección social de millones de personas que hoy reciben pensiones insuficientes. Pero esa reforma también debe preservar los principios que sostienen al Estado de derecho.

La fortaleza de una democracia no se mide únicamente por su capacidad para corregir excesos, sino también por la forma en que lo hace. El desafío consiste en distinguir entre los derechos legítimamente adquiridos y aquellos beneficios que nunca debieron existir; entre la necesaria justicia social y la indispensable seguridad jurídica. Porque cuando uno de esos principios se sacrifica completamente en nombre del otro, todos terminan perdiendo.

Fuentes:

Diario Oficial de la Federación (DOF). Decreto por el que se reforma el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de pensiones. Publicado el 10 de abril de 2026.
https://sidof.segob.gob.mx/notas/5784617

[2] Presupuesto de Egresos de la Federación 2026. Anexo 23.1.2. Remuneraciones de los servidores públicos de la Federación.
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026

[3] Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. «Buen Gobierno transparenta los recursos públicos destinados al pago de pensiones».
https://www.gob.mx/buengobierno/prensa/buen-gobierno-transparenta-los-recursos-publicos-destinados-al-pago-de-pensiones

[4] Senado de la República. «Mañana entrará en vigor la reforma constitucional para eliminar las pensiones doradas».
https://comunicacionsocial.senado.gob.mx/informacion/comunicados/14939-manana-entrara-en-vigor-la-reforma-constitucional-para-eliminar-las-pensiones-doradas

[5] Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP). «Gasto público en pensiones podría incrementar al 7.8% del PIB para 2030».
https://ciep.mx/notas-de-prensa/gasto-publico-en-pensiones-podria-incrementar-al-7-8-del-pib-para-2030/ [6] INEGI. Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) 2024.
Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) 2024

Issel Adriana Víquez Vargas

Economista por el Instituto Tecnológico Autónomo de México y Maestra en Políticas Públicas por la misma institución. Con una sólida trayectoria en el sector público, se ha especializado en temas de análisis presupuestario, regulación económica y evaluación de políticas públicas. Actualmente se desempeña como investigadora en el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados, donde lidera proyectos enfocados en la evaluación del gasto público, la coordinación interinstitucional y el análisis de desempeño estatal y municipal. Previamente, trabajó en la consultora Noesis Consulting, donde coordinó proyectos en el sector energético, y en la Comisión Reguladora de Energía, donde contribuyó a la implementación de regulaciones en hidrocarburos y gas natural. También ha ocupado cargos en la Comisión Federal de Competencia Económica y en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, participando en investigaciones de mercado y en la elaboración de análisis costo-beneficio para mejorar la efectividad de políticas públicas.