El máximo tribunal resolverá el alcance de la responsabilidad solidaria fiscal luego de que el Servicio de Administración Tributaria impugnará un fallo previo que eximía a los empresarios del pago de impuestos retenidos y no enterados.
Ciudad de México. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó atraer los recursos de revisión legal para definir si los empresarios Miguel Alemán Velasco y Miguel Alemán Magnani deben responder como responsables solidarios ante un crédito fiscal que asciende a 689.3 millones de pesos, derivado de omisiones fiscales de la empresa ABC Aerolíneas (Interjet).
Votación dividida en el Pleno Por una mayoría calificada de siete votos contra dos (con los votos en contra de las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf), el máximo tribunal del país aprobó la propuesta del ministro ponente, Arístides Guerrero García. Con esta resolución, la Suprema Corte ejercerá su facultad de atracción para conocer de fondo los recursos de revisión fiscal 205/2025 y 253/2025.
La controversia jurídica surge a raíz de las impugnaciones promovidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). El órgano fiscalizador busca revertir una sentencia dictada en 2024 por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), la cual había anulado de manera lisa y llana el cobro a los empresarios, bajo el argumento de que el carácter de presidente y vicepresidente de la aerolínea no los ligaba legalmente de forma solidaria al adeudo.
El debate técnico sobre el Código Fiscal El punto central que analizarán los ministros radica en la interpretación constitucional y de legalidad del artículo 26 del Código Fiscal de la Federación. La defensa de los Alemán se ha sustentado en un criterio del Quinto Tribunal Colegiado, el cual estableció que la figura de responsabilidad solidaria no estaba contemplada de manera explícita en dicho artículo para los ejercicios fiscales de 2018 y 2019, periodo en el que Interjet retuvo el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a sus trabajadores y clientes sin reportarlo a las arcas federales.
La Suprema Corte precisó que el estudio constitucional se acotará de manera exclusiva a responder los alcances técnicos de la normatividad fiscal y a delimitar formalmente a qué sujetos directivos les son aplicables estas responsabilidades de control económico corporativo.















