Tras una inspección detonada por denuncias ciudadanas en la comunidad de Jaltomate, las autoridades federales frenaron obras clandestinas que alteraron más de dos mil trescientos metros cuadrados de zona federal; confiscaron camiones y maquinaria pesada.
Aguascalientes, Aguascalientes. Los órganos de inspección industrial y las fiscalías de protección al patrimonio biofísico de la federación formalizaron la imposición de sellos de restricción total sobre un frente de explotación de agregados minerales que operaba al margen de las normativas de sustentabilidad. El cese inmediato de las maniobras mecánicas busca congelar el avance de los frentes de excavación sobre los acuíferos vulnerables, integrando las actas de flagrancia a los expedientes administrativos para sancionar económicamente a los particulares responsables, revertir las alteraciones morfológicas del lecho de los arroyos y prevenir riesgos de inundación o erosión acelerada en las comunidades agrarias colindantes.
Inspección en Jaltomate y detección de flagrancia El personal de las delegaciones centrales coordinó un operativo de verificación en el polígono de influencia del Río Chicalote, ubicado de forma específica dentro de los linderos de la comunidad de Jaltomate, en el municipio capital de Aguascalientes.
Las brigadas de inspección técnica ingresaron al cauce y a la franja considerada zona federal el pasado 3 de junio, respondiendo a una serie de alertas y denuncias interpuestas por los habitantes del sector. Durante la diligencia de campo, las autoridades ministeriales constataron en condiciones de flagrancia la ejecución de trabajos masivos de aprovechamiento, remoción y extracción de material pétreo (grava y arena) que modificaron de manera severa las condiciones hidrológicas naturales de la cuenca, abarcando una superficie perimetral afectada de 2,349 metros cuadrados.
Profundidad de las excavaciones y ecocidio forestal Las mediciones topográficas e ingenieriles desarrolladas por los peritos de la procuraduría documentaron que las obras clandestinas incluyeron la apertura de fosas y excavaciones mineras que alcanzaron profundidades de entre siete y ocho metros de calado. Este nivel de remoción de tierras rompió la continuidad del flujo superficial y subterráneo del Río Chicalote, incrementando de manera crítica los procesos de erosión perimetral de los suelos.
Asimismo, el reporte técnico asentó pérdidas significativas en el ecosistema vegetal de la ribera. Las maniobras de la maquinaria pesada deslavaron los márgenes del río y provocaron el desgarre del suelo, dejando expuestas a la intemperie y desprotegidas las raíces de múltiples ejemplares forestales nativos de la región, destacando afectaciones directas en las siguientes variedades arbóreas:
- Especies de Humedal: Daños estructurales en las bases de álamos y sauces.
- Especies de Zonas Áridas: Vulneración de ejemplares maduros de mezquites y huizaches.
Aseguramiento de maquinaria pesada y estatus legal Al momento de requerir la documentación legal correspondiente, el operador y los responsables del frente de explotación no presentaron la autorización obligatoria en materia de impacto ambiental que expide formalmente la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Ante la carencia de las licencias de ley, la procuraduría impuso como medida de seguridad inmediata la clausura total temporal de todas las actividades de aprovechamiento pétreo en el polígono.
De forma complementaria, para garantizar la efectividad de las sanciones y evitar la reanudación de las obras, la dependencia federal ejecutó el aseguramiento precautorio de los siguientes activos logísticos:
- Equipo de Transporte: Retención de un camión de volteo con capacidad de carga de 12 metros cúbicos, utilizado para el traslado de los minerales.
- Equipo de Procesamiento: Inmovilización de dos cribas industriales utilizadas para la separación de arenas.
- Equipo de Carga: Sello de retención a una máquina frontal de carga pesada empleada en el movimiento de tierras.
La procuraduría ambiental notificó el inicio formal del procedimiento jurídico-administrativo conducente para fijar las multas e instruir los planes de remediación obligatorios, recordando a los corporativos constructores que cualquier intervención en zonas federales requiere anuencias previas de la Semarnat para salvaguardar el equilibrio ecológico.







