Una jueza de control en Morelos impuso la medida cautelar al exfuncionario tras los ataques documentados contra su esposa e hijo; la defensa legal alegó un «linchamiento mediático» debido al impacto de los videos en redes sociales.
Xochitepec, Mor. Una jueza de control adscrita al Poder Judicial del Estado de Morelos dictó la medida cautelar de prisión preventiva en contra de Víctor Rodríguez Padilla, exdirector general de Petróleos Mexicanos (Pemex). Al exfuncionario federal se le imputan formalmente los delitos de violencia familiar y violencia vicaria en perjuicio de su cónyuge, la doctora María Felicia Jiménez, y del hijo menor de edad de ambos.
Audiencia inicial y duplicidad de término: La resolución judicial fue emitida durante el desahogo de la audiencia inicial efectuada en las instalaciones de la Ciudad Judicial de Atlacholoaya, ubicada en el municipio de Xochitepec, Morelos. La representación social de la Fiscalía General del Estado argumentó que los ataques físicos y psicológicos se suscitaron en un domicilio residencial de la entidad en episodios correspondientes a los años 2022 y 2026.
Tras escuchar la formulación de la imputación, la jueza consideró justificada la petición del Ministerio Público para aplicar el confinamiento preventivo debido al riesgo latente para las víctimas. Por su parte, el equipo de litigantes de Rodríguez Padilla se acogió a la duplicidad del término constitucional, esquema técnico que posterga la audiencia de vinculación a proceso para los próximos días con el fin de aportar pruebas de descargo.
Acusan manipulación en la opinión pública. A las afueras del recinto judicial, el abogado defensor del exdirector de Pemex fijó una postura ante los medios de comunicación, afirmando que su cliente enfrenta un juicio desproporcionado derivado de sus pasadas funciones en la administración pública.
“Lo están sentenciando sin previo juicio. Y como sociedad nos estamos perdiendo en la objetividad. Nos estamos dejando manipular por el efecto de las redes sociales y lo mediático”, argumentó el litigante.
Esta declaración alude de manera directa a las grabaciones de las cámaras de videovigilancia doméstica que la propia afectada difundió semanas atrás en plataformas digitales, donde se documentaban las agresiones corporales directas y que hoy forman parte de los elementos probatorios integrados a la carpeta judicial.

















