La disposición presidencial de teletrabajo y suspensión de clases aplicará este miércoles de forma estricta en las dependencias federales de la capital para mitigar los impactos viales del Mundial.
Con motivo del último encuentro de la fase de grupos de la Selección Mexicana de Fútbol en la Copa del Mundo contra su similar de la República Checa, el Gobierno Federal determinó reactivar las disposiciones de ley que promueven el teletrabajo obligatorio y el cese de actividades escolares presenciales.
Alcance del decreto y suspensión de clases: El origen normativo de esta contingencia laboral se remonta al pasado 16 de junio, fecha en la que la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo emitió un decreto general para regular los entornos laborales en las sedes mundialistas de la Ciudad de México y Guadalajara. Para esta jornada de miércoles 24 de junio, la aplicación del home office obligatorio se concentrará de forma exclusiva en los perímetros de la capital del país. Como medida complementaria para el control del flujo vial, las autoridades determinaron la suspensión total de clases presenciales en los niveles de preescolar, primaria, secundaria y planteles de educación normal en toda la demarcación de la Ciudad de México.
Las variables de operación interna y las excepciones al mandato de teletrabajo gubernamental se estructuraron bajo los siguientes criterios de control:
- Servicios de emergencia: Todo el personal adscrito a servicios de salud, atención médica, emergencias sanitarias, protección civil y atención de desastres operará de manera presencial.
- Seguridad y Fronteras: Las corporaciones de seguridad pública, así como los controles migratorios y aduaneros, mantendrán guardias físicas obligatorias.
- Infraestructura crítica: Permanecen en sus puestos los operarios de servicios estratégicos, supervisión, regulación, transporte público y suministro de energía eléctrica.
- Logística Mundialista: Los trabajadores vinculados de forma directa con las tareas de organización de la Copa Mundial de la FIFA quedan exentos del trabajo remoto.
- Programas del Bienestar: Las funciones indispensables para la continuidad de los programas sociales, trámites prioritarios y atención directa a la población civil no suspenderán ventanillas.
Diferencias normativas con el sector privado y la LFT: Una de las precisiones legales más importantes del decreto radica en su nulo impacto vinculante sobre el sector empresarial corporativo, donde la disposición opera únicamente como una invitación o recomendación institucional. De acuerdo con los análisis técnicos de firmas legales como D&M Abogados y Ferran Martínez Abogados, al regirse los empleadores bajo el marco de la Ley Federal del Trabajo (LFT), no existe un sustento jurídico ni facultades de inspección hacendaria que obliguen a la iniciativa privada a suspender actividades o forzar el esquema remoto por motivos lúdicos o deportivos.
Los analistas precisaron que, aunque el texto presidencial «conmina» a las empresas no esenciales a adoptar el teletrabajo o Home Office, el verbo constituye un exhorto político que carece de mecanismos de cumplimiento o sanciones económicas de ley. En consecuencia, corresponderá estrictamente a las gerencias de cada unidad de negocio evaluar sus necesidades de operación para determinar si otorgan horarios flexibles o home office a sus empleados en este cierre de mes de junio de 2026. Cabe recordar que, en el caso de Guadalajara, el decreto federal solo contempló el beneficio para burócratas el pasado 18 de junio, fecha en que el combinado nacional venció por la mínima a Corea del Sur.







