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La Secretaría de Economía (SE), mediante la Subsecretaría de Industria y Comercio, actualizó las reglas para la importación de azúcar y productos que contienen endulzantes en México, con el objetivo de ordenar las operaciones de comercio exterior y facilitar los trámites a las empresas del sector.

A partir del 28 de septiembre de 2026, es obligatorio contar con un Permiso Previo de Importación para introducir al país azúcares de caña o remolacha, jarabes y azúcares líquidos (bajo las fracciones arancelarias 1701.12.05, 1701.13.01, 1701.14.91, 1701.91.04, 1701.99.99 y 1702.90.01). Este trámite ya se encuentra disponible a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM).

Por otra parte, la autoridad federal otorgó una prórroga hasta el 2 de noviembre de 2026 para las preparaciones alimenticias diversas que contienen azúcar (clasificadas en la fracción 2106.90.99). Durante este periodo de transición, las empresas podrán continuar con sus operaciones aduanales declarando la excepción correspondiente para evitar retrasos en sus importaciones. Una vez concluido el plazo, dicho sector también deberá cumplir formalmente con el permiso.

Los requisitos, guías y documentos para solicitar este permiso están disponibles para consulta en los portales del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) y la VUCEM.