La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la obligatoriedad de que los partidos políticos en Querétaro postulen a mujeres para encabezar planillas de ayuntamientos en, al menos, dos municipios donde históricamente ninguna mujer haya sido electa por voto popular como presidenta municipal.
Durante la sesión del Pleno, las y los ministros determinaron que la paridad de género no debe limitarse únicamente a un registro equilibrado o cuantitativo de candidaturas, sino que exige la implementación de condiciones reales y efectivas para que las mujeres accedan al ejercicio del poder público.
El fallo establece que esta medida forma parte de un sistema integral que distribuye las postulaciones a través de bloques de competitividad. Su objetivo principal es evitar que los partidos políticos concentren a las candidatas en demarcaciones con bajas posibilidades de triunfo, asegurando así una contienda equitativa.
Asimismo, el Alto Tribunal precisó que, si bien se establece esta directriz obligatoria para corregir brechas históricas de desigualdad, los partidos políticos conservan la libertad de definir en qué demarcaciones específicas cumplirán con la disposición y qué estrategias de postulación implementarán.













