El Gobierno de Cuba publicó en la Gaceta Oficial el Decreto-Ley 132/2026, mediante el cual autoriza de manera formal la importación comercial para personas naturales, tanto en el equipaje de pasajeros como en la recepción de envíos internacionales, una práctica que anteriormente estaba prohibida y derivaba en el decomiso de mercancías.
La disposición representa un ajuste estructural en el marco regulatorio aduanero al permitir que los particulares declaren ante la Aduana General de la República aquellos productos que, por su volumen, frecuencia o destino de venta, superen los márgenes del uso personal.
Como elemento central del ordenamiento, las normativas establecen que el pago de los aranceles en dólares estadounidenses, así como los costos correspondientes a los servicios de despacho, se exigirá de forma obligatoria en dicha divisa extranjera.
«La Resolución 197/2026 fija para el equipaje una tarifa arancelaria progresiva que va del 15% hasta los 2,000 USD, alcanzando el 30% para importaciones superiores a los 6,000 USD, mientras que los envíos comerciales pagarán un arancel único del 30%», precisó la legislación expedida por el Ministerio de Finanzas y Precios.
Con esta modificación, las autoridades fiscales buscan formalizar las entradas de insumos al país y captar divisas a través del sistema aduanero de la isla.












