Un juzgado de Bogotá ordenó al presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella, y a las Fuerzas Militares abstenerse de realizar bombardeos contra campamentos u objetivos de grupos armados ilícitos cuando exista información o indicios sobre la presencia de menores de edad en las zonas de intervención.
La determinación judicial se emite una semana después de que el Instituto de Medicina Legal confirmara el fallecimiento de tres menores tras una operación militar dirigida contra disidencias de las FARC en la zona rural del municipio de El Retorno, en el departamento del Guaviare.
La jueza 34 de Familia de Bogotá, Viviana Arciniegas, dictó la medida cautelar provisional en el marco de una acción de tutela, ordenando la suspensión preventiva de las operaciones aéreas ofensivas hasta que se emita una resolución definitiva sobre el recurso y se implementen protocolos de protección para la infancia.
El recurso legal fue promovido por Ower Jimmy Borda Parra, quien actuó en representación de niños, niñas y adolescentes reclutados o utilizados por organizaciones armadas al margen de la ley que pudieren encontrarse en recintos susceptibles de sufrir ataques de la fuerza pública.
En su resolución, la juzgadora precisó que las acciones tácticas de carácter aéreo únicamente podrán ejecutarse cuando los informes de inteligencia y los protocolos operacionales dictaminen que no existe una alternativa menos lesiva para la consecución del objetivo militar.







