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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este miércoles diversas disposiciones de la Ley de Voluntad Anticipada de Chiapas al confirmar que el Congreso estatal omitió realizar una consulta previa a las personas con discapacidad.

El Pleno determinó que este proceso no es un mero trámite legislativo, sino un derecho humano indispensable para garantizar la participación efectiva de este sector en normas que afectan su capacidad jurídica.

La Corte anuló de forma inmediata los artículos que restringían derechos, como aquellos que condicionaban la voluntad anticipada a estar «en pleno uso de facultades mentales» o tener «capacidad de ejercicio», además de limitaciones para representantes y testigos.

En contraste, el Tribunal difirió por 12 meses la anulación de los preceptos sobre accesibilidad visual y auditiva. Esto busca evitar un vacío legal y otorga un plazo de un año al Congreso local para realizar la consulta ciudadana y emitir una nueva regulación adecuada.