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La reciente revocación de una sentencia condenatoria de 80 años por secuestro, ha colocado una vez más bajo los reflectores el funcionamiento del sistema judicial en Veracruz. El caso ha generado cuestionamientos tanto por la interpretación técnica de las pruebas como por la percepción pública sobre el impacto de dichas decisiones.

Tras revocar una sentencia de 80 años, impuesta en septiembre de 2025 a Marlene Esmeralda “N”, acusada de secuestro agravado en el municipio de Emiliano Zapata, el magistrado Jonathan Cortés Vargas, de la Tercera Sala en materia penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz, fue suspendido temporalmente por el Tribunal de Disciplina Judicial.

La sentencia impuesta originalmente fue resultado de un proceso penal oral, indexado como el juicio 43/2025, en el que la Fiscalía General del Estado y la Unidad Especializada en Combate al Secuestro y la Extorsión lograron una condena clara y severa, incluida la obligación de reparar el daño causado y la suspensión de los derechos civiles de la acusada.

Al dejar el magistrado Cortés Vargas sin efecto esa sentencia, argumentando una supuesta contradicción de horarios entre los testimonios, detonó una ola de indignación social en la entidad, luego de las anunciadas reformas al sistema judicial que mejorarían la calidad de las decisiones y reducirían la impunidad.

El caso representa un choque entre la interpretación técnica y la sensibilidad social, que ha derivado en una investigación formal por parte del Tribunal de Disciplina Judicial, que decidió suspender al magistrado mientras se dilucida si existió sólo una falta administrativa o incluso presuntos actos de corrupción.

Este caso resalta la tensión latente en la judicatura, en torno al equilibrio de la exigencia técnica del derecho penal, que en teoría requiere certezas estrictas, con las realidades humanas y la percepción de justicia de la sociedad.

Asimismo, la suspensión del magistrado representa una respuesta institucional ante posibles fallas de calibración entre técnica jurídica y el mandato social de proteger la seguridad y la vida de las víctimas.