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La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó una recomendación a gobiernos municipales y estatales de Michoacán, Guerrero y Durango, para reducir los precios por obtener copias de documentos de carácter público, pues en los montos hay marcadas diferencias, desde los 20 hasta más de 500 pesos por página.

La finalidad es que sus leyes de ingresos no sean un motivo cada año de acciones de inconstitucionalidad; además de que todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública digitalizada, sin que su capacidad económica sea un obstáculo.

Los ministros votaron por declarar inconstitucionales varios artículos de leyes de ingresos en 21 municipios de Michoacán, Durango y Guerrero, que permitían el cobro por entregar información en medios digitales, al considerar que se violaba el principio de gratuidad previsto en la Constitución Política Federal.

Durante la sesión se argumentó que las tarifas se establecen de manera desproporcionada, con tarifas que van desde los 22 hasta los 565 pesos por hoja digitalizada, lo cual no refleja el costo real del servicio y vulneraba el principio de proporcionalidad tributaria.

Respecto a la Ley de Ingresos del municipio de Jacona, Michoacán, se determinó que es inconstitucional cobrar 15 pesos por hoja a los estudiantes, frente a 4 pesos para el público en general, al considerar que es desproporcionado y vulnera los derechos estudiantiles.