Chihuahua se convirtió en el estado número 21 del país en despenalizar el aborto voluntario hasta las 12 semanas, pero a diferencia de los anteriores, fue por decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y no del Congreso.
El máximo tribunal invalidó las leyes que prohíben el aborto voluntario y los requisitos para acceder al aborto por violación en Chihuahua, tras la negativa del Congreso estatal a legislar pese a una orden judicial.
La sentencia tiene efecto inmediato y anula las prohibiciones y requisitos impugnados, según explicaron organizaciones proaborto en un comunicado.
También beneficiará a las personas que fueron sometidas a proceso penal.
Asimismo, al tratarse de normas penales, la Declaratoria tiene efectos retroactivos, de acuerdo con el último párrafo del artículo 234 de la Ley de Amparo.
Cabe mencionar que los artículos impugnados en este asunto establecen penas de seis meses a tres años de prisión a quien ayude abortar a una mujer, a la que voluntariamente se lo practique su aborto o consienta en que otro la haga abortar.
Asimismo, considera como excluyente del delito cuando el embarazo sea resultado de una violación, siempre y cuando se practique dentro de los primeros 90 días de gestación.