Las empresas Impulsora Cordobesa de Alimentos y Atv de Sahuayo fueron inhabilitadas por la Administración Pública Federal tras acreditarse que presentaron documentación apócrifa para ganar licitaciones en el IMSS y en Sepomex.
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Gobierno de México notificó de manera formal la inhabilitación y sanción económica de las personas morales denominadas Impulsora Cordobesa de Alimentos y Servicios, S.A. de C.V., y Atv de Sahuayo, S.A. de C.V. Las firmas comerciales quedaron vetadas para participar en cualquier procedimiento de licitación o celebrar contratos con dependencias de la Administración Pública Federal (APF).
Falsificación de experiencia ante el IMSS El primer expediente administrativo sancionatorio fue instrumentado a través del Órgano Interno de Control (OIC) adscrito al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). La autoridad acreditó que la empresa Impulsora Cordobesa de Alimentos y Servicios proporcionó información y documentación falsa durante su participación en la Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-50-GYR-050GYR022-N-19-2024.
Dicho concurso estaba orientado a la adjudicación del contrato para el “Suministro de Víveres con Entrega y Distribución en Unidades Médicas Hospitalarias, para el Régimen Ordinario y Programa IMSS Bienestar”. La proveedora adjuntó tres contratos de compraventa apócrifos con los que pretendió simular experiencia técnica y especialidad en el ramo. A raíz de esta falta grave, se le impuso:
- Sanción económica: Una multa de 643 mil 188 pesos.
- Inhabilitación: Veto absoluto por el periodo de un año.
Mala fe operativa en el Servicio Postal De igual forma, el OIC del Servicio Postal Mexicano (Sepomex) dictó resolución en contra de Atv de Sahuayo, S.A. de C.V., tras acreditar que actuó con dolo y mala fe en la Licitación Pública Internacional Abierta Electrónica número LA-55-J9E-055J9E001-I-26-2025 para la adquisición de “Cascos de Protección para Motociclista”. La corporación presentó folios y registros comerciales sin verificar previamente su veracidad y autenticidad. La sanción consistió en una multa de 171 mil 972 pesos y una inhabilitación de tres meses.
Ambos resolutivos fueron publicados formalmente en el Diario Oficial de la Federación (DOF), quedando asentados en el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados. El organismo federal puntualizó que las dos corporaciones conservan sus derechos de impugnación constitucional, sin embargo, la secretaría defenderá legalmente los fallos en salvaguarda del erario y la transparencia institucional.

















