Por mayoría de votos, el Máximo Tribunal revocó la protección legal que permitía a la empresa explotar símbolos y patrimonio cultural de los pueblos originarios; el fallo reconoce el derecho exclusivo de las comunidades sobre su identidad.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que Grupo Xcaret deberá retirar de toda su publicidad cualquier elemento, imagen o símbolo alusivo al patrimonio cultural maya. Con una votación de siete contra dos, el pleno revocó la suspensión definitiva que un juez administrativo había otorgado a la empresa, la cual le permitía el uso comercial de estos elementos para atraer turismo en la Riviera Maya.
El conflicto legal inició en 2022, cuando el Gran Consejo Maya de Quintana Roo exigió a la empresa detener la explotación de su iconografía sin consentimiento. Aunque Xcaret intentó protegerse mediante un amparo, la ministra María Estela Ríos González —respaldada por el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz— propuso revocar dicha medida bajo el argumento de que los pueblos indígenas tienen el derecho soberano de decidir sobre el uso y destino de su patrimonio cultural.
Este fallo establece un precedente fundamental en México: las empresas privadas ya no podrán utilizar símbolos de pueblos originarios con fines de lucro sin una consulta y acuerdo previo con las comunidades poseedoras de dicha cultura. El retiro de la publicidad deberá ser inmediato, marcando una transformación total en la imagen comercial de los parques temáticos del grupo.
| Concepto | Detalle de la Resolución |
| Sentencia | Revocación de suspensión definitiva a Grupo Xcaret. |
| Votación | 7 votos a favor, 2 en contra. |
| Implicación | Prohibición de uso de símbolos mayas en publicidad. |
| Fundamento | Derecho de pueblos indígenas sobre su patrimonio cultural. |
| Origen | Denuncia del Gran Consejo Maya de Quintana Roo (2022). |






