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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que, si un trabajador se encuentra ausente o cuenta con incapacidad vigente, se puede realizar una suspensión provisional del descuento de crédito hipotecario.

Esta medida tiene como objetivo proteger la estabilidad económica de los empleados y brindar certeza a los empleadores. La propuesta aprobada, presentada por la Ministra Yazmín Esquivel, tiene efecto obligatorio en todos los tribunales del país.

El fallo responde a la controversia generada por el artículo 29 fracción III de la Ley de Infonavit, presentada en 2025, donde se indicaba a los empleadores mantener los descuentos de salario mientras el trabajador se encontraba en periodo de incapacidad emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Con base en esa disposición, el trabajador, quien no percibía su salario regular, mantenía los pagos regulares del crédito Infonavit ocasionando problemas financieros y hasta legales.

Tras la determinación de la SCJN, los empleadores podrán suspender estos descuentos mientras dure la incapacidad del trabajador siempre y cuando se garantice el cumplimiento a los pagos pendientes en cuanto se reincorpore a las labores.