La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la admisión del amparo directo en revisión 6321/2024, promovido por Grupo Elektra para evitar el pago de un crédito fiscal de 33 mil millones de pesos determinado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Por unanimidad de votos, los ministros aprobaron el proyecto del ministro Arístides Guerrero García, quien concluyó que el recurso de la empresa era improcedente al no presentar elementos de interés constitucional o carácter excepcional.
El caso se originó en agosto de 2024, cuando la entonces ministra presidenta Norma Piña Hernández admitió el amparo interpuesto por la compañía de Ricardo Salinas Pliego, relativo al impuesto sobre la renta del ejercicio fiscal 2013.
Sin embargo, la Secretaría de Hacienda y el SAT impugnaron esa decisión, al argumentar que el caso no cumplía con los criterios necesarios para que la Corte lo revisara. Tras la llegada de nuevos ministros, Guerrero García recibió el expediente en su ponencia.
Durante la sesión, los ministros Giovanni Figueroa Mejía, Lenia Batres y Hugo Aguilar Ortiz coincidieron en que el caso no representa un tema novedoso. Mientras que Aguilar Ortiz subrayó que Elektra ha promovido múltiples recursos para evitar el pago fiscal.
Previo a esta resolución, la Corte también declaró no procedente un impedimento solicitado por Grupo Elektra contra las ministras Yasmín Esquivel y Lenia Batres.




















