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Promueven en el Senado iniciativa para castigar discursos de odio

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La senadora de Movimiento Ciudadano, Ruth Alejandra López Hernández, informó que promovió una iniciativa de reforma a los códigos Civil y Penal federales, y a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, para definir, tipificar y castigar los discursos de odio, entendidos como expresiones que inciten pública y directamente a cometer genocidio o actos que atenten contra la vida y la integridad de una persona o comunidad.

La representante del partido naranja mencionó que un sondeo de septiembre de 2023, realizado en 17 países por la consultora Ipsos y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, detectó que 67 por ciento de las personas consultadas se encontró con discursos de odio durante su navegación en Internet.

De acuerdo con la encuesta, el discurso de odio, es más frecuente en las siguientes redes sociales: Facebook, con 58 por ciento de los casos; TikTok, con 30 por ciento; X, 18 por ciento; e Instagram, con 15 por ciento.

Indicó que las principales víctimas de mensajes discriminatorios fueron la comunidad LGBT+, con 33 por ciento de los casos; las minorías raciales y étnicas, 28 por ciento; las mujeres, 18 por ciento; y las minorías religiosas y pobres, 17 por ciento.

Señaló que, si bien esas cifras son levemente menores en México -65 por ciento de los internautas se encontraron con mensajes discriminatorios-, es fundamental que el Senado de la República discuta y legisle sobre las limitaciones al discurso de odio para construir sociedades más libres de discriminación, violencia y hostilidad.

 “Esta Cámara está obligada a proteger la libertad de expresión en tanto no atente contra la vida y la integridad de las personas; en ese sentido es menester de las y los legisladores construir limitaciones que garanticen el derecho de las personas a vivir sin violencia, sin discriminación y sin miedo”, mencionó.

En la iniciativa, turnada a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda, la senadora propuso definir al discurso de odio como cualquier expresión discriminatoria que incite de manera pública y directa a cometer genocidio o actos que atenten contra la vida y la integridad de una persona o comunidad identificadas con determinadas características.

Lo anterior se precisaría en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, donde la senadora también propuso incluir que se considerará como discriminación la promoción del genocidio a través de audios, videos o textos que sean difundidos por medios de telecomunicación, digitales, radio, internet e impresos.

Asimismo, considerar en el Código Civil Federal que hace daño moral aquella persona que haciendo uso de su alcance y rol social como emisor, instigue de manera pública y directa a cometer genocidio o actos que atenten contra la vida y la integridad de una persona o comunidad identificadas por determinadas características.

La legisladora federal pidió incluir en el Código Penal Federal que a esa persona se le apliquen sanciones de uno a tres años de prisión o de ciento cincuenta a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad y hasta doscientos días multa.

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Diputados aprueban por unanimidad la llamada “Ley Silla”

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El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la llamada “Ley Silla” que establece la obligación patronal de proveer asientos con respaldo a los trabajadores de los sectores servicios y comercio para descansar periódicamente durante la jornada laboral.

En el caso de descansos periódicos, los asientos o sillas con respaldo deberán estar ubicados en áreas específicas que para tal efecto se designen en las mismas instalaciones del lugar de trabajo. Esta disposición se observará en los establecimientos industriales cuando lo permita la naturaleza del trabajo.

La propuesta también busca prohibir que las personas empleadoras obliguen a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral o tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.

Además, se proyecta incluir en el reglamento interior del centro de trabajo que los periodos de reposo durante la jornada laboral son obligatorios, así como las normas que regulen el derecho de las personas trabajadoras a usar los asientos o sillas con respaldo.

Al documento, que reforma los artículos 132, 133, 422, 423 y adiciona una fracción XVII al artículo 133 de la citada ley, se le dispensaron todos los trámites, se sometió a discusión y votación de inmediato y una vez aprobado fue enviado al Senado para sus efectos constitucionales.

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Diputados aprueban reforma que traslada la GN a la Sedena, pasa al Ejecutivo Federal

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El Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados en funciones, Sergio Gutiérrez Luna, emitió la declaratoria de reforma constitucional en materia de Guardia Nacional. Pasa al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. 

“El Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara reformados y adicionados los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Constitución Política, en materia de Guardia Nacional. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales”, dijo Gutiérrez Luna.

Previamente, la secretaria de la Mesa Directiva, diputada Julieta Villalpando Riquelme (Morena), dio cuenta de la recepción de una comunicación del Senado en torno al proyecto de declaratoria.

Informó al Pleno que se recibieron 26 votos aprobatorios de las legislaturas de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán de Ocampo, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán, Zacatecas, y de la Ciudad de México.

Entre lo reformado, se establece que la Federación contará con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal militar con formación policial, dependiente de la Secretaría del ramo de Defensa Nacional (Sedena), para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia.

Faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que regulen y establezcan requisitos y límites para la participación del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en materia de seguridad interior y en tareas de apoyo a la seguridad pública.

En los artículos transitorios, se da un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, para que el Congreso de la Unión armonice el marco jurídico. Mientras tanto, la organización y funcionamiento de la Guardia Nacional continuará operando con apego a las disposiciones legales vigentes antes de la entrada en vigor del presente decreto.

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Senado declara constitucional las reformas a la Guardia Nacional

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Con la aprobación del Congreso de la Unión y el aval de la mayoría de las legislaturas estatales, el presidente del Senado de la República, Gerardo Fernández Noroña, emitió este domingo la declaratoria de constitucionalidad de las reformas a la Guardia Nacional.

A la fecha, la Cámara de Senadores registró el respaldo de 26 congresos locales a los cambios a los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Constitución Política, aprobados por el pleno senatorial el pasado 25 de septiembre.

Las reformas determinan que la Federación contará con la Guardia Nacional como una fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar con formación policial, dependiente de la secretaría del ramo de Defensa Nacional.

Dicha institución estará encargada de ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, formulada por la secretaría del ramo de Seguridad Pública.

La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a las policías y a la Guardia Nacional, que conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública y deben coordinarse entre sí para cumplir los objetivos en la materia.  

Además, el Congreso tendrá la facultad para expedir leyes que regulen y establezcan requisitos y límites para la participación del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en materia de seguridad interior y en tareas de apoyo a la seguridad pública.

El Senado de la República, en tanto, estará facultado para ratificar el nombramiento de los jefes superiores de la Guardia Nacional que proponga la presidenta de la República.

Los cambios constitucionales reconocen los derechos, prestaciones y seguridad social a quienes prestan sus servicios en la Guardia Nacional, en igualdad de condiciones frente a quienes forman parte de las Fuerzas Armadas.

Una vez que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación y entre en vigor la reforma, el Ejecutivo Federal podrá disponer de la Guardia Nacional para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación, al igual que en tareas de apoyo a la seguridad pública, en los términos que señale la ley.

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