Publicidad

Después de años de litigio, un Tribunal Colegiado confirmó las sanciones impuestas por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente contra Pacific Lifestyle Properties por obras realizadas irregularmente en terrenos ganados al mar de San Pancho, Nayarit.

La resolución obliga a la empresa a retirar las construcciones que ocupan mil 466 metros cuadrados, devolver la superficie a su estado base y pagar una multa de 96 mil 220 pesos. También mantiene la pérdida en favor de la Nación de las obras identificadas como Torre 1 y Torre 2.

El caso es relevante porque la zona afectada no constituye simplemente un terreno privado frente al mar. La legislación mexicana considera las playas y la Zona Federal Marítimo Terrestre bienes de uso común y establece que su aprovechamiento especial requiere una concesión, permiso o autorización.

En este caso, la concesión otorgada originalmente en 2009 establecía que la superficie debía mantenerse en estado natural. Una modificación de 2014 amplió el área concesionada y permitió actividades de esparcimiento y ornato, pero no otros usos o aprovechamientos.

Profepa detectó las obras durante una inspección realizada en diciembre de 2021 y en agosto de 2022 ordenó la restitución de la superficie. La empresa impugnó la decisión y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa confirmó su validez en 2025. Ahora, el Tribunal Colegiado negó el amparo promovido por la compañía.

No se trata, sin embargo, de un episodio aislado. Desde 2017, Profepa había intervenido en el proyecto Punta Paraíso San Pancho por la ocupación de ZOFEMAT y una barrera que impedía el libre tránsito hacia la playa.

La resolución llega mientras San Pancho enfrenta una creciente presión inmobiliaria y nuevas controversias por desarrollos turísticos. El caso coloca nuevamente sobre la mesa una pregunta de fondo: hasta dónde puede avanzar la urbanización de la costa cuando están en juego bienes federales, ecosistemas y el acceso público a las playas.