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Presenta oposición en Senado acción de inconstitucionalidad por fideicomisos del PJF

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Foto: Excélsior

El bloque opositor en el  Senado interpuso una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), contra la extinción de 13 de los 14 fideicomisos del Poder Judicial que consumó Morena y sus aliados del PVEM y PT semanas atrás en la Cámara de Diputados y la Cámara alta.

El 27 de octubre pasado, el presidente Andrés Manuel López Obrador, promulgó el decreto para eliminar 13 de 14 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación, que acumulan más de 15 mil millones de pesos y que el gobierno pretende destinarlos a los damnificados de Guerrero por el embate del huracán Otis aunque están en litigio.

En este decreto se estipula que los recursos de los fideicomisos extintos, serán entregados a la Tesorería de la Federación y se destinarán por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a “programas que permitan cumplir con el Plan Nacional de Desarrollo”.

Se establece también que en el ámbito del Poder Judicial de la Federación, no podrán ser creados ni mantenerse en operación otros fondos o fideicomisos adicionales.

Señala que “los órganos del Poder Judicial de la Federación que funjan como fideicomisos deberán coordinarse con las instituciones que funjan como fiduciarias, para llevar a cabo los actos y procesos necesarios para extinguir los fideicomisos” que no se ajusten a lo que establece el segundo párrafo del artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

En la víspera, la jueza noveno de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, Elizabeth Trejo Galán, otorgó este miércoles una suspensión provisional en favor de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces Federales de Distrito del Poder Judicial de la Federación (JUFED) contra la extinción de los 13 fideicomisos del Poder Judicial que consumó Morena en el Congreso de la Unión.

Con ello, se frena de momento su desaparición y además se prohíbe que se utilicen los más de 15 mil millones de pesos que tiene de fondos para reconstruir el devastado Puerto de Acapulco, tras el impacto del huracán Otis.

La medida cautelar ordenada por la jueza Elizabeth Trejo Galán tiene el efecto de suspender todas las consecuencias del decreto por el que se eliminaron los fideicomisos y que fue publicado el pasado 27 de octubre en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Este amparo se suma al otorgado el pasado 31 de octubre por el Juez Décimo Segundo de Distrito en Chihuahua, Fernando Luévano Ovalle, quien inicialmente concedió una suspensión provisional contra el decreto de extinción.

Ante ello, la Secretaría Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), SHCP y la Tesorería de la Federación (Tesofe) se deberán abstener “de cancelar o extinguir los fideicomisos y se garantice su continuación, operación y administración del objeto por el cual fueron creados tales fideicomisos celebrados por el CJF, en cumplimiento a las reglas de operación de cada uno de ellos”.

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Diputados aprueban por unanimidad la llamada “Ley Silla”

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El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la llamada “Ley Silla” que establece la obligación patronal de proveer asientos con respaldo a los trabajadores de los sectores servicios y comercio para descansar periódicamente durante la jornada laboral.

En el caso de descansos periódicos, los asientos o sillas con respaldo deberán estar ubicados en áreas específicas que para tal efecto se designen en las mismas instalaciones del lugar de trabajo. Esta disposición se observará en los establecimientos industriales cuando lo permita la naturaleza del trabajo.

La propuesta también busca prohibir que las personas empleadoras obliguen a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral o tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.

Además, se proyecta incluir en el reglamento interior del centro de trabajo que los periodos de reposo durante la jornada laboral son obligatorios, así como las normas que regulen el derecho de las personas trabajadoras a usar los asientos o sillas con respaldo.

Al documento, que reforma los artículos 132, 133, 422, 423 y adiciona una fracción XVII al artículo 133 de la citada ley, se le dispensaron todos los trámites, se sometió a discusión y votación de inmediato y una vez aprobado fue enviado al Senado para sus efectos constitucionales.

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Diputados aprueban reforma que traslada la GN a la Sedena, pasa al Ejecutivo Federal

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El Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados en funciones, Sergio Gutiérrez Luna, emitió la declaratoria de reforma constitucional en materia de Guardia Nacional. Pasa al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. 

“El Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara reformados y adicionados los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Constitución Política, en materia de Guardia Nacional. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales”, dijo Gutiérrez Luna.

Previamente, la secretaria de la Mesa Directiva, diputada Julieta Villalpando Riquelme (Morena), dio cuenta de la recepción de una comunicación del Senado en torno al proyecto de declaratoria.

Informó al Pleno que se recibieron 26 votos aprobatorios de las legislaturas de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán de Ocampo, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán, Zacatecas, y de la Ciudad de México.

Entre lo reformado, se establece que la Federación contará con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal militar con formación policial, dependiente de la Secretaría del ramo de Defensa Nacional (Sedena), para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia.

Faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que regulen y establezcan requisitos y límites para la participación del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en materia de seguridad interior y en tareas de apoyo a la seguridad pública.

En los artículos transitorios, se da un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, para que el Congreso de la Unión armonice el marco jurídico. Mientras tanto, la organización y funcionamiento de la Guardia Nacional continuará operando con apego a las disposiciones legales vigentes antes de la entrada en vigor del presente decreto.

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Senado declara constitucional las reformas a la Guardia Nacional

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Con la aprobación del Congreso de la Unión y el aval de la mayoría de las legislaturas estatales, el presidente del Senado de la República, Gerardo Fernández Noroña, emitió este domingo la declaratoria de constitucionalidad de las reformas a la Guardia Nacional.

A la fecha, la Cámara de Senadores registró el respaldo de 26 congresos locales a los cambios a los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Constitución Política, aprobados por el pleno senatorial el pasado 25 de septiembre.

Las reformas determinan que la Federación contará con la Guardia Nacional como una fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar con formación policial, dependiente de la secretaría del ramo de Defensa Nacional.

Dicha institución estará encargada de ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, formulada por la secretaría del ramo de Seguridad Pública.

La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a las policías y a la Guardia Nacional, que conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública y deben coordinarse entre sí para cumplir los objetivos en la materia.  

Además, el Congreso tendrá la facultad para expedir leyes que regulen y establezcan requisitos y límites para la participación del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en materia de seguridad interior y en tareas de apoyo a la seguridad pública.

El Senado de la República, en tanto, estará facultado para ratificar el nombramiento de los jefes superiores de la Guardia Nacional que proponga la presidenta de la República.

Los cambios constitucionales reconocen los derechos, prestaciones y seguridad social a quienes prestan sus servicios en la Guardia Nacional, en igualdad de condiciones frente a quienes forman parte de las Fuerzas Armadas.

Una vez que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación y entre en vigor la reforma, el Ejecutivo Federal podrá disponer de la Guardia Nacional para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación, al igual que en tareas de apoyo a la seguridad pública, en los términos que señale la ley.

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