El Tribunal Supremo del Reino Unido dictaminó en un fallo considerado histórico, que el término “mujer” en el marco legal debe entenderse como una referencia al sexo biológico.
El proceso jurídico se originó tras la impugnación por parte de la organización For Women Scotland, tras la decisión del gobierno escocés de incluir a mujeres trans en la cuota destinada a equilibrar la representación de hombres y mujeres en cargos públicos.
La decisión, resultado de la batalla legal encabezada por la organización escocesa, afirma brindar claridad sobre el uso del término en contextos como clubes deportivos, escuelas y otros espacios que requieren diferenciación por sexo, como los vestuarios.
En su resolución de 88 páginas, los magistrados subrayaron que el fallo no representa una victoria de una parte sobre otra, recordando que la Ley de Igualdad de 2010 garantiza protección contra la discriminación a las personas transgénero.
Sin embargo, el tribunal aclaró que una persona trans con un certificado de reasignación de género (CRG) en el género femenino no entra dentro de la definición legal de “mujer” según esa ley. Por ello, concluyó que la postura del gobierno escocés es jurídicamente incorrecta.
El Ejecutivo de Edimburgo argumentaba que las personas trans con un CRG debían gozar de los mismos derechos y accesos basados en el sexo que las mujeres biológicas, mientras que For Women Scotland sostenía que dichas protecciones solo debían aplicarse a quienes nacen mujeres.
Kemi Badenoch, líder del Partido Conservador británico, celebró el fallo y lo calificó como “una victoria para todas las mujeres que sufrieron abusos personales o perdieron sus trabajos por decir lo obvio”.
En contraste, Simon Blake, director de la organización Stonewall que defiende los derechos del colectivo LGBTQ+, expresó su preocupación por las amplias implicaciones de la sentencia.