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La diputada federal de Morena, Rosa Guadalupe Ortega Tiburcio, presentó una iniciativa para reformar los artículos 29 y 49 de la Ley General de Desarrollo Social, con el propósito de incorporar criterios de vulnerabilidad territorial y riesgo en la determinación de las Zonas de Atención Prioritaria (ZAP), a fin de fortalecer la política social desde un enfoque preventivo y anticipatorio.

Las ZAP se definen como “áreas o regiones, sean de carácter predominantemente rural o urbano, cuya población registra índices de pobreza y marginación”, lo que permite orientar recursos públicos para atender rezagos sociales.

En ese contexto, la legisladora advirtió que si bien la medición multidimensional de la pobreza ha permitido avances significativos, persisten desafíos vinculados a fenómenos naturales y antrópicos que agravan las condiciones de vulnerabilidad.

La iniciativa plantea que en la determinación de dichas zonas “se incorporarán criterios de vulnerabilidad territorial, con el fin de identificar áreas susceptibles de generar o agravar condiciones de exclusión social”.

De tal manera, se integra un análisis de riesgo asociados al ordenamiento territorial, pues, “el riesgo de desastres, entendido como la probabilidad de pérdida, depende de dos factores fundamentales que son el peligro y la vulnerabilidad, por lo que comprender y cuantificar estos elementos resulta decisivo para establecer medidas eficaces de mitigación”, dijo la legisladora.

Asimismo, la propuesta reforma el artículo 49 para integrar a la persona titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana en la Comisión Nacional de Desarrollo Social, con el objetivo de articular información estratégica proveniente de la Coordinación Nacional de Protección Civil, como mapas de riesgo y atlas de peligros.

La diputada destacó que esta participación “no implicaría duplicidad de funciones, sino una articulación estratégica” que contribuirá a decisiones más integrales y eficaces en favor de la población.

Enfatizó que esta reforma es congruente con el mandato constitucional de proteger la vida, la integridad y el patrimonio de las personas, particularmente de los grupos en situación de vulnerabilidad, y permitirá transitar de un enfoque reactivo a uno preventivo en la planeación del desarrollo social. El decreto establece que, una vez aprobado, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.