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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a los contribuyentes que deben tener habilitado el Buzón Tributario, y registrar y mantener actualizados sus medios de contacto, ya que es una obligación fiscal desde 2020, por lo que incumplir con ello es motivo de infracción.

A través de un comunicado, el organismo dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) señaló que el Buzón Tributario es un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes, y tiene como propósito simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.

Explicó que algunos de los beneficios al habilitar el Buzón Tributario son los siguientes:

Portal privado y personalizado.

Economiza tiempo y recursos.

Certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como en las operaciones que se realicen.

Notificación vía electrónica en cualquier momento y lugar, siempre que se tenga conexión a internet.

Conocer de manera oportuna cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados.

Recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal.

Proporcionar información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales.

“Deben habilitarlo todos los contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), salvo:

Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados, por estar relevados”.

Asimismo, tienen la opción de hacerlo o no:

Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y los asalariados y asimilados a salarios con ingresos anuales en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.

Además de personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos.