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La Secretaría de Economía aclaró los alcances del decreto publicado el pasado 13 de octubre respecto a la exención temporal del impuesto general de importación para material de ensamble (fracción 9803.00.01). La dependencia enfatizó que la medida está diseñada para preservar empleos, fortalecer la competitividad e incentivar la relocalización (nearshoring) de líneas de producción de empresas automotrices que ya fabrican vehículos en territorio nacional.

De acuerdo con la tarjeta informativa emitida por la dependencia, el beneficio aplicará exclusivamente a las 11 empresas fabricantes de vehículos ligeros con instalaciones productivas en México. Para acceder a la tasa exenta, las automotrices deberán contar con autorización de depósito fiscal para ensamble y fabricación bajo la Ley Aduanera, cumplir con permiso previo de la Secretaría de Economía y ajustarse a controles estrictos de trazabilidad supervisados por el SAT y la ANAM.

La estrategia, que tendrá una vigencia de 5 años, contempla volúmenes mínimos de producción e impone límites a las importaciones bajo esquemas SKD o CKD con el fin de incrementar gradualmente el contenido local. Economía desmintió las versiones que señalaban que la medida facilitaría el ingreso de autopartes a empresas sin infraestructura productiva o a vehículos provenientes de países sin tratado comercial con México.