El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo particular, con mayoría calificada de 350 votos a favor, 111 en contra y una abstención, el dictamen que modifica la naturaleza jurídica de “empresas productivas del Estado” por “empresas públicas del Estado”. Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
La reforma al párrafo quinto del artículo 25, los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 y el párrafo cuarto del artículo 28 de la Constitución Política, precisa que las leyes determinarán la forma en que los particulares podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica, que en ningún caso tendrán prevalencia sobre la empresa pública del Estado, cuya esencia es cumplir con su responsabilidad social y garantizar la continuidad y accesibilidad del servicio de electricidad.
Faculta al Instituto Federal de Telecomunicaciones para otorgar concesiones en materia de radio y telecomunicaciones, y prohíbe el otorgamiento de concesiones cuando se trata de litio.
Se prioriza el establecimiento de políticas científicas, tecnológicas e industriales necesarias para la transición energética y otros impactos ambientales. Señala que no se considerará como monopolio las funciones que ejerce el Estado cuando se trate del litio y de servicios de internet provistos por el mismo.