El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la llamada “Ley Silla” que establece la obligación patronal de proveer asientos con respaldo a los trabajadores de los sectores servicios y comercio para descansar periódicamente durante la jornada laboral.
En el caso de descansos periódicos, los asientos o sillas con respaldo deberán estar ubicados en áreas específicas que para tal efecto se designen en las mismas instalaciones del lugar de trabajo. Esta disposición se observará en los establecimientos industriales cuando lo permita la naturaleza del trabajo.
La propuesta también busca prohibir que las personas empleadoras obliguen a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral o tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.
Además, se proyecta incluir en el reglamento interior del centro de trabajo que los periodos de reposo durante la jornada laboral son obligatorios, así como las normas que regulen el derecho de las personas trabajadoras a usar los asientos o sillas con respaldo.
Al documento, que reforma los artículos 132, 133, 422, 423 y adiciona una fracción XVII al artículo 133 de la citada ley, se le dispensaron todos los trámites, se sometió a discusión y votación de inmediato y una vez aprobado fue enviado al Senado para sus efectos constitucionales.