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El Congreso del Estado de México aprobó la interrupción legal del embarazo o despenalización del aborto hasta las primeras 12 semanas de gestación, lo cual contempla cambios a los artículos 248, 249, 250 y 251 del Código Penal estatal.

La reforma celebrada en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, modifica el artículo 248 para contemplar que no se considera delito la interrupción del embarazado a las 12 semanas; no obstante, sí hay penas para quien practique, consienta o ejecute un aborto después de las 12 semanas completas.

A quien cometa la interrupción sin el consentimiento de la mujer, le impondrán de 5 a 10 años de prisión y de 50 a 400 días de multa, sanción que podría aumentar una mitad si lo comete un servidor público.

Asimismo, se les suspenderá la licencia al personal de 3 a 6 años al personal de salud que apoye en esta actividad y hasta 20 si es que se reincide.

Sobre el artículo 251, se modifica porque no se considera delito la interrupción del embarazo cuando sea resultado de una violación o inseminación artificial o no consentida; además de que el proceso ponga en peligro la vida o salud de la madre o el producto; o se considere que afecte la salud física o mental de la madre.

Francisco Vázquez Rodríguez, coordinador de la bancada de Morena en el congreso mexiquense, indicó que la discusión del proyecto en comisiones legislativas estuvo apegado a la normatividad parlamentaria y que el reconocimiento de este derecho es el cumplimiento de una deuda que se tenía con las mujeres del estado:

“Es una iniciativa, somos el Estado número 18 en el país, no es algo nuevo que sea para el Estado de México, simplemente le estamos dando y ratificando y confirmando el derecho a la mujer por su cuerpo y a decidir lo que debe ser, es parte de los que estamos haciendo”.