Saltar al contenido principal

El pleno del Congreso de San Luis Potosí aprobó por mayoría eliminar del Código Penal del estado el delito de aborto, con lo cual se derogan las disposiciones para dejar de penalizar la interrupción del embarazo de la mujer o persona gestante hasta antes de las 12 semanas de gestación.

Se indica que en los casos que  la mujer o persona gestante que voluntariamente interrumpa su embarazo o consienta que otra persona lo haga, después de las 12 semanas de embarazo, será sancionada esta conducta con una pena de 100 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad. Esta conducta sólo será sancionada cuando se haya consumado.

Se establecen sanciones para quien interrumpa el embarazo de una mujer o persona gestante sin su consentimiento, sin importar la etapa gestacional, la cual será sancionada con una pena de tres a ocho años de prisión y sanción pecuniaria de 300 a 800 días del valor de la unidad de medida y actualización.

Serán excluyentes de responsabilidad penal del delito de aborto cuando sea resultado de una acción culposa de la mujer o persona gestante, y que el embarazo sea resultado de un delito de violación o inseminación indebida.

El Congreso del Estado tiene como fecha límite el 26 de noviembre para reformar la Constitución y legislar sobre el servicio de salud en hospitales públicos a quienes decidan abortar.