El Congreso de Baja California Sur aprobó la Ley de Infancias Trans, la cual permitirá a las infancias y adolescentes realizar el cambio de identidad de género y nombre en el acta de nacimiento sin restricciones.
Con 16 votos a favor y 5 en contra y en acato a una orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), legisladores aprobaron las modificaciones al artículo 144 Ter del Código Civil. Con ello queda eliminada la porción normativa para “mayores de edad” que impedía a las infancias y adolescencias trans hacer modificaciones en el documento oficial.
En el artículo 144 Ter quedó establecido: “Pueden pedir el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género y cambio de nombre, previa la anotación correspondiente en su acta de nacimiento primigenia, quienes requieran el reconocimiento de su identidad de género”.
Dicho reconocimiento deberá llevarse a cabo ante las instancias y autoridades correspondientes del Registro Civil de Baja California Sur.
El trámite para menores de edad se realizará a través de la madre, el padre o la persona tutora legal con la asistencia de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado.
El Registro Civil recabará el consentimiento expreso, libre e informado de la persona menor, donde señale su deseo y que tiene conocimiento de los alcances del trámite.