Durante su conferencia de prensa diaria, la Presidenta Sheinbaum anunció el 30 de marzo la decisión de que el Gobierno de México presente un escrito de amicus curiae en un litigio de suma importancia[i]. En los pasados meses se han registrado las muertes de catorce mexicanos mientras se encontraban bajo custodia de las autoridades del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos ( ICE, por sus siglas en inglés). Particularmente, en el centro de detención ubicado en Adelanto, California, ocurrieron tres muertes entre septiembre de 2025 y marzo de este año.
Organizaciones de defensa de los derechos humanos y algunos individuos detenidos actualmente en Adelanto, presentaron una denuncia penal en la que solicitan a la corte que ordene a la agencia migratoria mejorar las condiciones que privan en el centro de detención. La demanda consiste en una acción colectiva (class action) que incluye a las personas que se encuentran detenidas, estuvieron detenidas o estarán detenidas en el futuro, en el centro de detención de Adelanto[ii].
¿En qué consiste la figura del amicus curiae o amigo de la corte? De acuerdo con el diccionario Merriam Webster, el amigo de la corte es una persona u organización que no es parte de un litigio particular, pero a la que la corte le permite opinar acerca de algún aspecto de la ley que afecta directamente el caso en cuestión[iii]. En el presente caso, el Fiscal General de California presentó también un amicus curiae en el que expone sus razones para apoyar la demanda contra ICE.
¿Cuál es la importancia de que alguien, en este caso el Gobierno de México, presente un amicus curiae en un caso como este? Esta figura brinda la oportunidad de presentar los argumentos que sustentan las violaciones a los derechos humanos que las autoridades de ICE y la empresa contratada para administrar el centro de detención han cometido y por las que se exige que las condiciones de detención mejoren considerablemente.
El amicus curiae tiene varias ventajas para México: si el gobierno mexicano quisiera presentar una demanda a nombre propio por la violación a los derechos humanos de nuestros connacionales, esa demanda sería desechada por el principio de igualdad soberana de los Estados. Este principio, de manera muy simple, establece que los Estados son todos iguales y por lo tanto, no pueden presentar demandas uno en contra de otro en los tribunales nacionales del segundo. En consecuencia, México no podría demandar a una agencia del gobierno estadunidense en los propios tribunales estadunidenses. Gracias al amicus curiae, México puede presentar sus argumentos sin ser parte en el litigio.
Nuestro país debe aprovechar la oportunidad para argumentar que las acciones de ICE, que es parte del gobierno estadunidense son atribuibles a Estados Unidos y violan diversas normas de derecho internacional que está obligado a respetar. Esto, en mi opinión, es muy relevante, porque las cortes estadunidenses y los abogados que litigan en esas cortes, muy rara vez utilizan argumentos de derecho internacional. En las cortes estadunidenses hay un desdén constante al derecho internacional. Pero para México, el derecho internacional es un pilar de nuestra política internacional y debemos utilizarlo en las cortes estadunidenses en este tipo de oportunidades.
En mi paso por la Consultoría Jurídica de la Secretaría de Relaciones Exteriores, donde fungí como Director de Litigios, tuve la oportunidad de revisar varios amici curiae presentados por México. Usualmente, cuando México decide presentar un recurso de este tipo, utiliza una de dos opciones: contrata un despacho local, experto en la legislación nacional que formule un escrito que se revisa por la Cancillería y se presenta en la corte. O bien, se busca que alguna de las partes que participa en el litigio, a la que le interese el apoyo del gobierno mexicano, elabore de manera gratuita un escrito que se revisa por las autoridades mexicanas y se presenta ante la corte.
Pero se corre un riesgo: que el abogado que se contrate o la organización que redacta el escrito, utilicen sus propios argumentos, que no necesariamente son los mismos que utilizaría el Gobierno de México para dirigirse a la corte. Recuerdo un caso en el que el amicus curiae elaborado por un muy reputado abogado para el Gobierno de México, no utilizaba ninguno de los argumentos que las autoridades mexicanas habíamos aportado. El resultado era un escrito con impecables argumentos legales, prácticamente idénticos a los expuestos por el demandante pero que no expresaban el punto de vista mexicano que hubiera enriquecido el debate en el litigio.
Una vez que se presenta algún recurso ante una corte extranjera, sobre todo si se contrataron los servicios de algún abogado, existe un proceso de revisión de los resultados alcanzados. En alguna ocasión, durante mi paso por la Consultoría Jurídica, fuimos convocados a una reunión con el Órgano Interno de Control de la Cancillería, la entonces Oficialía Mayor y otras áreas involucradas, para explicar los resultados alcanzados en la defensa de varios connacionales condenados a pena de muerte para la cual se había contratado un despacho de abogados. La visión del titular del Órgano Interno de Control, así como de otros asistentes a la reunión era que los resultados alcanzados eran negativos ya que la sentencia de pena de muerte impuesta en primera instancia a los mexicanos había sido ratificada en la apelación, a pesar de la contratación de un despacho con buena reputación[iv]. Esta es una visión muy restrictiva de lo que se busca al participar en un litigio, como es el caso del amicus curiae anunciado por la Presidenta el día de antier. Incluso si la intervención no resulta exitosa, la sola intervención del Gobierno de México provoca varios efectos positivos: aumenta la visibilidad de un caso, lo que obliga a la autoridad demandada a justificar y posiblemente modificar sus acciones, eleva los costos de continuar con una política que va a ser objeto de demandas continuas (los litigios no son baratos y consumen mucho tiempo) y sirven para que nuestro país clara su disposición a utilizar las herramientas legales disponibles para defender sus intereses y los derechos de sus connacionales.
Mucho éxito a la Cancillería en el amicus curiae que busca mejorar las condiciones en los centros de detención migratoria.
[i] https://www.youtube.com/live/8cH4eRzj1vU?si=ve0l-um9I_rqkrux minuto 1:42:33
[ii] L.T. et al v. U.S. Immigration and Customs Enforcement (ICE) et al | PDF | Legal Remedy | Immigration Detention In The United States
[iii] AMICUS CURIAE Definition & Meaning – Merriam-Webster (traducción propia).
[iv] Cabe señalar que la pena de muerte a los connacionales fue posteriormente conmutada.






