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Avanza en comisiones del Senado reforma para blindar reformas de AMLO

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Entre protestas y advertencias de la oposición que la calificó como “regresiva”, las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda, aprobaron reformas a la Ley de Amparo para impedir que los jueces suspendan leyes o reformas generales impugnadas mediante esta figura del amparo.

Con ello, el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador y la mayoría  de Morena en el Congreso buscan  “blindar” sus reformas de eventuales impugnaciones de la oposición para evitar que puedan ser suspendidas y hasta revertidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“En ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales, como una medida que permita garantizar el principio de presunción de constitucionalidad de las leyes”, sentenció la presidenta de la comisión de Justicia en el Senado, Olga Sánchez Cordero.

La oposición acusó de regresiva esta reforma y anunció que acudirá a la Corte para impugnarla. “Cuando llegue a la Corte, le van a tener que enmendar la plana al Congreso”, advirtió el senador del PAN, Damián Zepeda.

“No les quitemos ese derecho a los mexicanos, justo esta ley de amparo que reformarán busca evitar un daño en tanto se resuelve el caso. Para eso es la suspensión”, alertó.

La senadora, Claudia Ruiz Massieu, afirmó que “la reforma es una suerte de venganza del oficialismo contra los juzgadores que otorgaron suspensiones contra la aprobación de la reforma eléctrica, es una forma de seguir en este afán de enfrentar al Poder Ejecutivo con el Poder Judicial. Es una reforma innecesaria, perniciosa y además inconstitucional”.

Con 19 votos a favor y 13 en contra, la mayoría de Morena y sus aliados avalaron esta reforma a los s artículos 129 y 148 de la Ley Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política en materia de suspensión del acto reclamado e inconstitucionalidad de normas generales, donde se establece que:  “Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales”.

Lo anterior, como una medida para garantizar el principio de presunción de constitucionalidad de las leyes. Es decir, con ello no se podrán suspender las leyes hasta que el poder judicial resuelva su inconstitucionalidad o no.

Se establece que el dictamen es acorde al principio de relatividad de las sentencias que se fundamenta en el artículo 107, fracción II de la Constitución Federal que expone que “las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán los quejosos que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlos y protegerlos, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda”.

El dictamen propuesto por la morenista Olga Sánches Cordero, también contempla la derogación del último párrafo del artículo 129 de la Ley de Amparo, el cual establece la facultad de los jueces de amparo para que de manera excepcional concedan la suspensión cuando a su juicio la negativa de la medida pueda causarse mayor afectación al interés social.

“Cuando la naturaleza del acto lo permita, deberá, no dice podrá, ocasionalmente se realizará, dice deberá, la Constitución estoy leyendo la Constitución, deberá realizar un análisis ponderado de la apariencia del buen derecho y del interés social”, reviró el Coordinador del PRD, Senado, Miguel Ángel Mancera.

Eso –agregó–es lo que tiene que analizar el juzgador y por eso puede conceder la suspensión, porque puede ser mayor el perjuicio si no se concediera esa suspensión.

Para la ministra en retiro Olga Sanchez Cordero, esta facultad discrecional de los jueces  provoca que las sentencias del juicio de garantías quedan en segundo plano.

“A ver para qué quiero la sentencia de amparo si ya tengo una suspensión indefinida y que siga la suspensión cuánto, cinco años, 20 años, lo que sea necesario, porque la sentencia de amparo va a ser nada más para el quejoso y esto está con efectos generales porque no hay tiempo definido para que se dicte la sentencia de amparo”, destacó.

“Es decir, la suspensión, la medida cautelar rebasa por mucho la resolución de amparo, rebasa por mucho la resolución de amparo”, indicó.

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Diputados aprueban por unanimidad la llamada “Ley Silla”

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El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la llamada “Ley Silla” que establece la obligación patronal de proveer asientos con respaldo a los trabajadores de los sectores servicios y comercio para descansar periódicamente durante la jornada laboral.

En el caso de descansos periódicos, los asientos o sillas con respaldo deberán estar ubicados en áreas específicas que para tal efecto se designen en las mismas instalaciones del lugar de trabajo. Esta disposición se observará en los establecimientos industriales cuando lo permita la naturaleza del trabajo.

La propuesta también busca prohibir que las personas empleadoras obliguen a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral o tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.

Además, se proyecta incluir en el reglamento interior del centro de trabajo que los periodos de reposo durante la jornada laboral son obligatorios, así como las normas que regulen el derecho de las personas trabajadoras a usar los asientos o sillas con respaldo.

Al documento, que reforma los artículos 132, 133, 422, 423 y adiciona una fracción XVII al artículo 133 de la citada ley, se le dispensaron todos los trámites, se sometió a discusión y votación de inmediato y una vez aprobado fue enviado al Senado para sus efectos constitucionales.

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Diputados aprueban reforma que traslada la GN a la Sedena, pasa al Ejecutivo Federal

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El Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados en funciones, Sergio Gutiérrez Luna, emitió la declaratoria de reforma constitucional en materia de Guardia Nacional. Pasa al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. 

“El Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara reformados y adicionados los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Constitución Política, en materia de Guardia Nacional. Pasa al Ejecutivo para sus efectos constitucionales”, dijo Gutiérrez Luna.

Previamente, la secretaria de la Mesa Directiva, diputada Julieta Villalpando Riquelme (Morena), dio cuenta de la recepción de una comunicación del Senado en torno al proyecto de declaratoria.

Informó al Pleno que se recibieron 26 votos aprobatorios de las legislaturas de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán de Ocampo, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán, Zacatecas, y de la Ciudad de México.

Entre lo reformado, se establece que la Federación contará con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal militar con formación policial, dependiente de la Secretaría del ramo de Defensa Nacional (Sedena), para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia.

Faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes que regulen y establezcan requisitos y límites para la participación del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en materia de seguridad interior y en tareas de apoyo a la seguridad pública.

En los artículos transitorios, se da un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, para que el Congreso de la Unión armonice el marco jurídico. Mientras tanto, la organización y funcionamiento de la Guardia Nacional continuará operando con apego a las disposiciones legales vigentes antes de la entrada en vigor del presente decreto.

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Senado declara constitucional las reformas a la Guardia Nacional

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Con la aprobación del Congreso de la Unión y el aval de la mayoría de las legislaturas estatales, el presidente del Senado de la República, Gerardo Fernández Noroña, emitió este domingo la declaratoria de constitucionalidad de las reformas a la Guardia Nacional.

A la fecha, la Cámara de Senadores registró el respaldo de 26 congresos locales a los cambios a los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Constitución Política, aprobados por el pleno senatorial el pasado 25 de septiembre.

Las reformas determinan que la Federación contará con la Guardia Nacional como una fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar con formación policial, dependiente de la secretaría del ramo de Defensa Nacional.

Dicha institución estará encargada de ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, formulada por la secretaría del ramo de Seguridad Pública.

La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a las policías y a la Guardia Nacional, que conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública y deben coordinarse entre sí para cumplir los objetivos en la materia.  

Además, el Congreso tendrá la facultad para expedir leyes que regulen y establezcan requisitos y límites para la participación del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en materia de seguridad interior y en tareas de apoyo a la seguridad pública.

El Senado de la República, en tanto, estará facultado para ratificar el nombramiento de los jefes superiores de la Guardia Nacional que proponga la presidenta de la República.

Los cambios constitucionales reconocen los derechos, prestaciones y seguridad social a quienes prestan sus servicios en la Guardia Nacional, en igualdad de condiciones frente a quienes forman parte de las Fuerzas Armadas.

Una vez que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación y entre en vigor la reforma, el Ejecutivo Federal podrá disponer de la Guardia Nacional para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación, al igual que en tareas de apoyo a la seguridad pública, en los términos que señale la ley.

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