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Tras su publicación oficial este 10 de abril de 2026, la reforma a la fracción IV del artículo 127 constitucional entrará en vigor a partir del primer minuto de mañana sábado. Esta medida prohíbe de manera tajante que cualquier servidor público de confianza en organismos descentralizados, empresas del Estado y fideicomisos reciba una pensión que exceda el 50% de la remuneración establecida para la presidenta Claudia Sheinbaum.

La implementación de este decreto es inmediata y obligatoria para los tres niveles de gobierno. Según los artículos transitorios, el ajuste no solo aplica para las jubilaciones futuras, sino que deberán ajustarse las pensiones que ya se encuentran vigentes y que superen el límite permitido. Los entes públicos tienen un plazo de 90 días naturales para armonizar sus reglamentos internos y contratos colectivos con esta disposición, asegurando que el gasto público se oriente a la eficiencia y no a privilegios burocráticos.

Es importante destacar que la reforma blinda los derechos de los sectores operativos y de ahorro social. Quedan totalmente excluidas de este tope las Fuerzas Armadas, las pensiones del Bienestar para adultos mayores y todos aquellos ahorros que provengan de aportaciones voluntarias en cuentas individuales (Afores) o fondos sindicales complementarios. Con esto, el Gobierno Federal busca garantizar que el ahorro privado de los trabajadores permanezca intacto, mientras se eliminan las retribuciones excesivas con cargo al erario.