El órgano autónomo formalizó el Acuerdo 22/2026 en el Periódico Oficial del Estado para incentivar la colaboración ciudadana; el imputado de 71 años cuenta con orden de aprehensión vigente por el delito de homicidio calificado.
Morelia, Michoacán. Se decretó la entrada en vigor del Acuerdo FGEM Número 22/2026. El documento, aprobado por el Comité Evaluador para el Ofrecimiento y Entrega de Recompensas de la institución y firmado por el titular de la dependencia, Carlos Torres Piña, fue publicado formalmente en la undécima sección del Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo.
El dictamen ministerial detalla que la Fiscalía Regional de Uruapan integró la carpeta de investigación con número de caso FRUR/02098/2025, instruyendo el desahogo de las pesquisas tras acreditarse la probable participación directa del sospechoso en la comisión del delito de homicidio calificado. El prófugo de la justicia ha sido identificado por las corporaciones como José Manuel Jiménez Miranda, quien se encuentra boletinado a nivel nacional ante las fiscalías y procuradurías de las 32 entidades federativas, así como ante las agencias de policía internacional.
Monto asignado al incentivo y características físicas del prófugo Las bases constitutivas del acuerdo fijaron una partida presupuestal específica para el pago de la bonificación ciudadana:
- Incentivo Tasado: El monto oficial de la recompensa se estableció en 100,000 pesos en moneda nacional.
- Criterio de Asignación: El recurso se entregará en un pago único a quien o quienes aporten información fidedigna, útil, veraz, oportuna y determinante que conduzca directamente a la localización y aprehensión del imputado.
- Exclusiones de Ley: La bonificación no será aplicable para servidores públicos en activo de las fuerzas de seguridad pública, administración de justicia, sistema penitenciario o comisiones de búsqueda, ni para sus cónyuges o parientes consanguíneos.
Para facilitar la identificación del prófugo, la Fiscalía Especializada de Homicidio Doloso desglosó la ficha técnica y la media filiación de Jiménez Miranda, precisando que se trata de un ciudadano de nacionalidad mexicana con 61 años de edad. Físicamente presenta una complexión media, tez morena clara, rostro ovalado ligeramente alargado, cabello corto, oscuro y lacio, frente amplia, cejas pobladas y rectas, ojos oscuros de tamaño medio, nariz recta, mentón definido y presencia de barba y bigote cortos y entrecanos.
Protocolos de confidencialidad y canales de denuncia ciudadana El director de la Agencia de Investigación Criminal precisó que la corporación asume la responsabilidad legal de resguardar los datos personales de las personas cooperantes bajo las reservas estrictas que marca el Código Nacional de Procedimientos Penales. Al momento de recibirse una declaración útil, el servidor público designado asignará un número confidencial de identificación de carácter personal e intransferible, mecanismo que servirá como único comprobante para reclamar el cobro de los 100,000 pesos en efectivo o mediante transferencia bancaria en caso de concretarse el arresto.
La dependencia puso a disposición de la ciudadanía los siguientes tres canales formales y permanentes para la recepción de información bajo anonimato:
- Recepción Presencial: En las oficinas centrales de la Agencia de Investigación Criminal, ubicadas en el interior del Complejo Sentimientos de la Nación (Periférico Paseo de la República número 5000, colonia Sentimientos de la Nación), en la ciudad de Morelia.
- Vía Electrónica: Mediante el envío de mensajes a la cuenta de correo institucional recompensas@fiscaliamichoacan.gob.mx.
- Vía Telefónica: A través del número de marcación gratuita 800 890 81 06, habilitado para recibir llamadas desde cualquier región de la república mexicana.
El órgano autónomo de justicia concluyó precisando que la ficha del sospechoso se difunde bajo el estricto apego al principio de presunción de inocencia, garantizando que el investigado reciba el trato correspondiente en todas las etapas del procedimiento legal hasta que los tribunales de enjuiciamiento penal dicten una sentencia definitiva.







