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La Comisión de Quejas y Denuncias determinó que el spot de la candidata Sandra Sierra no induce al error, aclarando que su postulación por representación proporcional no obliga a mencionar a la coalición en la pauta.

En una resolución unánime, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE declaró la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por el partido Morena contra la coalición “Alianza Ciudadana por la Seguridad” (integrada por el PRI y UDC). La queja se centraba en el promocional de radio y televisión de la candidata Sandra Sierra, el cual, según el partido, generaba confusión al no identificarla explícitamente como integrante de dicha alianza.

El criterio del INE: Tras un análisis preliminar, los consejeros determinaron que el material denunciado cumple con la normativa vigente por las siguientes razones:

  • Diferenciación de Candidaturas: Se aclaró que Sandra Sierra fue postulada por el partido Unidad Democrática de Coahuila (UDC) bajo el principio de Representación Proporcional (RP).
  • Convenio de Coalición: La alianza entre PRI y UDC se celebró exclusivamente para las candidaturas de Mayoría Relativa (MR), por lo que los spots de candidatos plurinominales de un partido en particular no tienen la obligación legal de hacer referencia a la coalición.
  • Sin confusión: El INE consideró que no se vulnera el derecho al voto informado, ya que la propaganda es clara respecto a la identidad y partido de la candidata.

Tutela preventiva: Morena también solicitó una «tutela preventiva» para evitar que se transmitieran materiales similares en el futuro, pero el INE también la rechazó al considerar que se trata de «hechos futuros de realización incierta».