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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) precisó que las personas transexuales y transgénero pueden ser consideradas como víctimas de feminicidio.

Por primera vez, el Pleno tocó el tema, donde la presidenta del Alto Tribunal, Norma Piña Hernández, consideró que se debe reconocer el transfeminicidio y, por lo mismo, tipificarse.

“Considero muy importante que en México se reconozca la violencia transfeminicida, que esta se prevenga, se sancione y se erradique, en especial, tipificando, penalmente sobre las violaciones a los derechos de las personas, personas, transexuales y transgénero, en diversos contextos y atendiendo a sus particularidades”, señaló.

La discusión tuvo su origen por una acción de inconstitucionalidad que presentó la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Michoacán, la cual reclamó que el Congreso de dicha entidad no reconoció a las personas transgénero y transexuales como víctimas de feminicidio en la Ley para Prevenir y Erradicar el Feminicidio de ese estado.

Sin embargo, la ministra Margarita Ríos Farjat indicó que dicha ley no excluye a las personas trans.

“La ley impugnada no establece alguna restricción o exclusión basada en el sexo biológico, al momento de nacer, ya que en su artículo tercero, fracción 14, define como víctima a la mujer que ha sufrido un homicidio doloso, considerado como feminicidio o aquella mujer que ha sido objeto de una tentativa de feminicidio, por lo tanto, la ley no realiza una distinción expresa en el sentido de qué sólo es aplica aplicable a las mujeres cisgénero, de tal manera que es posible concluir que la totalidad de su contenido es aplicable también a las mujeres, transgénero y transexuales”, declaró. 

El ex presidente de la Corte, Luis María Aguilar Morales mencionó que la Corte Interamericana estableció que las personas que se identifiquen con identidades de género diversas deben ser reconocidas como tal y el Estado debe garantizarles que puedan ejercer sus derechos y contraer obligaciones en función de esa misma identidad, sin verse obligadas a detentar otra identidad que no representa su individualidad.

Apuntó que la Ley para Prevenir y Erradicar el Feminicidio en Michoacán, sí prevé como víctimas de dicho delito a la mujer y a la comunidad trans.