La diputada de Morena, Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, impulsa una iniciativa que busca aplicar la muerte asistida a personas mayores de 18 años, cuando lo soliciten por escrito, la cual deberá informarse al Comité de Bioética a efecto de determinar la aptitud de la persona y la procedencia de la solicitud.
La legisladora detalló que el objetivo es establecer que podrá practicarse la muerte asistida sin que ello constituya delito o dé lugar a acción civil por daños y perjuicios, bajo el amparo de la ley, las normas y lineamientos que emite la Secretaría de Salud.
Para ello, la Secretaría de Salud emitirá la normatividad y lineamientos que establecerán los requisitos, procedimientos y formatos que deberán observarse y requisitarse, así como los tiempos de reflexión para la aprobación y ejecución del procedimiento de muerte asistida.
Deja en claro que el médico personal que practique cualquier procedimiento de muerte asistida deberá estar autorizado por la Secretaría de Salud y podrá negarse a realizarlo en cualquier momento. En este caso, la institución de salud deberá solicitar a otro médico no objetor de conciencia la práctica del procedimiento, de conformidad con lo dispuesto por esta Ley y la normatividad que la Secretaría emite en la materia.
Además, defina a la muerte asistida como la terminación intencional de la vida, practicada por personal médico autorizado, a solicitud expresa de la persona, a través de los procedimientos de eutanasia o suicidio asistido.
¿Qué es la eutanasia?
La legisladora explicó que la eutanasia refiere al acto o serie de actos intencionales, realizados por personal médico autorizado, encaminados a terminar la vida de la persona que lo solicita de manera expresa, previa aprobación de la autoridad competente.
Mientras que el suicidio asistido será aquel en el que el médico personal autorizado proporcione los medios para que, quien solicitó expresamente el procedimiento, auto administre o ejecute el acto de terminar con su vida, previa aprobación de la autoridad competente.
La iniciativa incluye como objetivo del Título Octavo Bis “De los Cuidados Paliativos a los Enfermos en Situación Terminal y de la Muerte Asistida”, la salvaguarda a la dignidad de las personas que solicitan cualquier procedimiento de muerte asistida para garantizar que se ejecutará en estricto apego a los protocolos que al efecto emite la Secretaría de Salud, por personal autorizado y en condiciones dignas.
Muerte digna: la sociedad apoya por una nueva legislación
De acuerdo con los resultados de la Segunda Encuesta Nacional de Opinión sobre el Derecho a Morir con Dignidad 2022, el 68.6 por ciento de los encuestados consideran que las personas en fase terminal de su enfermedad y con un sufrimiento que no se puede evitar, deben tener la opción de adelantar su muerte.
De ellos, el 57.7 por ciento estuvo de acuerdo en que el médico proporciona las sustancias letales y el paciente las tome por sí mismo. Además, el 72.7 por ciento considera que deben cambiar las leyes para permitir que los enfermos puedan recibir ayuda para terminar con su vida si así lo deciden.
La diputada puntualiza que a nivel mundial pocos países cuentan con legislación o regulación en la materia, como Suiza, Colombia, Bélgica, Países Bajos, Luxemburgo, Canadá, España, Italia, Austria, Alemania, EUA, Australia y Nueva Zelanda. En América, Colombia y Ecuador han despenalizado la eutanasia, no a través de legislación, sino por medio de resoluciones de sus tribunales.






