La Suprema Corte de Justicia (SCJN) eliminó diversas condicionales para el acceso a la interrupción legal de embarazo en el Estado de Tlaxcala.
En primer lugar, el Pleno determinó que no puede condicionarse la atención médica de las víctimas al inicio de una investigación ministerial o de un proceso jurisdiccional. Esto debido a que se solicitaba a las mujeres realizar una denuncia por violencia familiar o sexual para poder acceder al aborto.
Asimismo, invalidó la disposición que exigía la autorización del Ministerio Público para que las instituciones públicas de salud pudieran proceder con la interrupción del embarazo en casos de violencia sexual. La SCJN reconoció que subordinar este servicio a la autorización del Ministerio Público vulnera el derecho a decidir de las mujeres.
La Corte también desechó normativa que exigía el consentimiento de quienes ejercen la patria potestad o de quienes representan legalmente a niñas y adolescentes, para que pudieran acceder a los servicios de anticoncepción de emergencia.
Finalmente, eliminó las normas del Código Penal del Estado que criminalizaban el aborto.
GIRE, organización feminista en apoyo al aborto en México, celebró la decisión de la corte asegurando que “¡No hay estado pequeño si se pinta de verde!”, color que caracteriza la legalidad del aborto.
“Celebramos este paso a favor de la justicia reproductiva en México, y confiamos en que las instituciones de salud brinden atención médica de manera oportuna y sin discriminación a quienes requieren servicios de aborto seguro”, compartió el grupo.











