La Cámara de Diputados aprobó con 401 votos a favor el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, a fin de prohibir la venta y suministro de bebidas energéticas a menores de 18 años.
El dictamen define a estas bebidas como “no alcohólicas, adicionadas con una mezcla de cafeína y taurina o glucoronolactona o tiamina” o cualquier otra sustancia que produzca efectos estimulantes similares, “las cuales serán determinadas por la Secretaría de Salud, conforme a la Norma Oficial Mexicana en la materia y estándares reconocidos internacionales”.
Quienes incumplan con esa prohibición serán sancionados de acuerdo con el artículo 419 de esta Ley: una multa de hasta 2 mil veces la Unidad de Medida y Actualización.
El coordinador de Morena, Ricardo Monreal Ávila, quien propuso la iniciativa, expresó su preocupación por el daño que causan este tipo de bebidas, principalmente cuando se consumen desde temprana edad.
El legislador recordó que esta reforma modifica los artículos 215, 216 y 419 de la Ley General de Salud.
El dictamen se envió al Senado para sus efectos constitucionales.















