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La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su nueva integración resolvió su primer recurso de revisión en materia de seguridad nacional, relativo a un fallo del extinto Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Por ello, determinó como improcedente la reserva de la información sobre nombramientos de almirantes y vicealmirantes realizados en el año 2021; así como de autorizaciones a la Secretaría de Marina para participar en ejercicios multinacionales de capacitación y adiestramiento de elementos castrenses.

Durante la discusión de este asunto, el salón de sesiones de la Corte sufrió un apagón previo a la participación del ministro Irving Espinoza Betanzo.

Al reanudarse la sesión, por unanimidad los ministros del Alto Tribunal coincidieron en declarar infundado el recurso de revisión, interpuesto por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y confirmó la determinación del INAI de entregar la información al peticionario en versión pública.

“No puede reservarse, por razones de seguridad nacional, los datos que ya circulan de manera libre”, expuso el magistrado Giovanni Azael Figueroa Mejía.