La Comisión Permanente del Congreso de la Unión declaró constitucionales las reformas que prohíben toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y el uso ilícito del fentanilo, luego de recibir 22 votos aprobatorios, del mismo número de legislaturas.
“La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara adicionados un párrafo quinto al artículo 4º y un párrafo segundo al artículo 5º de la Constitución Política, en materia de protección a la salud. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales”, declaró el senador Gerardo Fernández Noroña (Morena), en funciones de la presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente.
Previamente, la secretaria de la Mesa Directiva, diputada Magdalena del Socorro Núñez Monreal (PT), informó que se recibieron 22 votos aprobatorios correspondientes a las legislaturas de Baja California, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Hidalgo, México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y de la Ciudad de México.
Con dichas reformas se establece que para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la ley, así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas.