El presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República, Gerardo Fernández Noroña, realizó la declaratoria de constitucionalidad de la reforma en materia de inimpugnabilidad de las modificaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación.
“La Cámara de Senadores declara, se aprueba el decreto por el que se reforma el artículo 107 y se adiciona un quinto párrafo al artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Federal”, anunció Fernández Noroña.
La secretaria de la Mesa Directiva, Verónica Camino informó que se recibieron 23 votos aprobatorios correspondientes a las legislaturas de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, México, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatán, Zacatecas y de la Ciudad de México.
Con la reforma, se determinó adicionar un quinto párrafo al artículo 105 que dice: “Son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución”.
La reforma al primer párrafo de la fracción II del artículo 107 constitucional, añade que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución”.
En los artículos transitorios indica que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y los asuntos que se encuentren en trámite deberán resolverse conforme a las disposiciones contenidas en dicho decreto.