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Diputados aprobaron dictamen que fija las reglas para elección de jueces, ministros y magistrados

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El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular con 342 votos a favor, 128 en contra y 0 abstenciones, las modificaciones y adiciones a la reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación.

Esta primera ley secundaria de la reforma al Poder Judicial fue turnada al Ejecutivo para su publicación y entrada en vigor, a fin de que el Senado de la República, a más tardar el miércoles, emita la convocatoria a la primera elección de juzgadores prevista para el 1 de junio de 2025.

Como parte del debate, el diputado Hugo Eric Flores Cervantes (Morena), secretario de la Comisión de Justicia, sostuvo que dicha reforma permitirá establecer el procedimiento a través del cual serán electos mediante el voto popular las y los integrantes del Poder Judicial de la Federación.

Explicó que quienes se someterán a elección son los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados del Tribunal Electoral, magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, magistrados de los tribunales Colegiados de Circuito y Tribunales Colegiados de Apelación, jueces integrantes de los juzgados del distrito del Poder Judicial de la Federación y personas magistradas y juezas de los poderes judiciales estatales.

La reforma también define lo relativo a la preparación de la elección, la convocatoria, postulación de candidaturas, jornada electoral, cómputos y sumatoria, asignación de cargos, calificación de la elección y declaración de validez, así como las campañas electorales con énfasis en la participación ciudadana.

Asimismo, establece que los comités de evaluación mediante insaculación pública depurarán el listado que integren respecto a las personas mejor evaluadas en cada cargo de elección del Poder Judicial.

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Diputados aprobaron reducir a 65 años la edad para recibir una pensión 

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El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con mayoría calificada el dictamen que reforma la Constitución en materia de bienestar, a fin de reducir de 68 a 65 años la edad para que las personas adultas mayores reciban una pensión por parte del Estado y otorgar a las personas con discapacidad permanente, menores de 65 años, una pensión no contributiva. 

Asimismo, para que el Estado garantice, en los términos que fije la ley, la entrega de un jornal seguro, justo y permanente a campesinos que cultiven sus tierras con árboles frutales, maderables y especies que requieren ser procesadas.

Así como un apoyo anual directo y fertilizantes gratuitos a productores de pequeña escala, y un apoyo anual directo a pescadores de pequeña escala.

Indica que el Estado mantendrá precios de garantía para el maíz, frijol, leche, arroz y trigo harinero o panificable, en los términos de las disposiciones aplicables. 

El presidente de la Mesa Directiva, Sergio Gutiérrez Luna, dijo que, una vez aprobado en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto se remite al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

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Congreso

Senado aprobó reformas a la Constitución en materia de áreas y empresas estratégicas

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El Senado aprobó en lo general y lo particular con 86 votos a favor y 39 en contra, la reforma constitucional en materia de áreas y empresas estratégicas como CFE y Pemex. La minuta reforma los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución, a fin de establecer que el Estado quedará a cargo de la transición energética y utilizará de manera sustentable todas las fuentes de energía de las que dispone la nación para reducir las emisiones de gases y componentes de efecto invernadero. 

Al presentar el dictamen ante el pleno, el senador morenista Óscar Cantón Zetina, presidente de la comisión de Puntos Constitucionales señaló que estas reformas, permiten que el estado retome la soberanía y seguridad energética, “velando en todo momento porque en este sector se antepongan los intereses del pueblo ante cualquier enfoque que tienda a fortalecer el lucro de los particulares”.

El legislador de Morena señaló que: “al pueblo de México se lo decimos de frente, el litio, la electricidad, los hidrocarburos y el internet no serán más objeto de especulación y acaparamiento por intereses privados. Serán como debieron ser siempre, bienes y recursos naturales al servicio del desarrollo nacional”.

En ese sentido, sostuvo que con esta reforma, “estamos dando las condiciones legislativas para que se cumpla a cabalidad uno de los 100 pasos para la transformación. Esta es la verdadera transformación. La que pone a la gente en el centro, la que construye un México donde todos tienen un destino compartido. Hoy como siempre hemos dado muestras, estamos del lado del pueblo”.

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Senado aprobó elevar a rango constitucional que las vías ferroviarias se usen para trenes de pasajeros

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El Senado de la República aprobó por unanimidad la reforma al artículo 28 de la Constitución para que el Estado mexicano retome el derecho de utilizar las vías ferroviarias para prestar el servicio de transporte de pasajeros. Se envió a los congresos locales para continuar su proceso legislativo.

Se señala que desde su privatización hasta 2017, las vías férreas sólo aumentaron 23 kilómetros para tener una extensión total de 26 mil 914 kilómetros.

Con esta reforma, los legisladores buscan que el Estado retome el control estatal sobre las vías ferroviarias, específicamente para la prestación del servicio de pasajeros, algo que había sido descuidado desde la privatización del sector en los años 90.

En los artículos transitorios, el dictamen establece que el Congreso de la Unión tendrá un plazo de 180 días naturales, a partir de la entrada en vigor del decreto, para realizar las adecuaciones que resulten necesarias a las leyes secundarias correspondientes.

Y que los particulares que cuenten con concesiones para prestar el servicio de transporte ferroviario de carga podrán obtener concesiones para prestar el servicio de transporte ferroviario de pasajeros.

En cualquier caso, se dará preferencia al servicio de transporte ferroviario de pasajeros, en términos de lo que determine la legislación.

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