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Con 22 votos a favor y 18 en contra, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó en lo general las reformas y adiciones a doce artículos de la Carta Magna para trasladar la adscripción de la Guardia Nacional de la Secretaría de Seguridad a la Secretaría de la Defensa.

El proyecto suprime la denominación de “institución policial de carácter civil” y define a la Guardia Nacional como “fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar con formación policial, dependiente de la secretaría del ramo de Defensa Nacional, para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia”.

Otorga asimismo a la corporación la facultad constitucional de investigar los delitos.

Establece además que el Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno, incluida la Guardia Nacional, deben coordinarse entre sí para cumplir los fines de la seguridad pública.