El Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) emitió los «Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias», publicados formalmente en el Diario Oficial de la Federación (DOF). El marco regulatorio aplica obligatoriamente a concesionarias de televisión abierta, radio, televisión de paga y programadoras.
Fundamentados en los artículos 6o., 7o. y 28 de la Constitución, los lineamientos tienen por objeto garantizar el acceso a información veraz, plural y oportuna sin incurrir en censura previa ni vulnerar la libertad de expresión o editorial de los medios.
Principales disposiciones aprobadas por la CRT:
- Diferenciación de contenidos: Obliga a los medios a distinguir claramente entre la información noticiosa y las opiniones personales, así como a prohibir la publicidad disfrazada de periodismo mediante la inclusión del símbolo «P» en pantalla.
- Inclusión y accesibilidad: Las empresas de comunicación deberán incorporar subtitulaje oculto, interpretación en Lengua de Señas Mexicana y doblaje en al menos un noticiero y programa infantil de alta audiencia.
- Defensoría de las Audiencias: Los concesionarios deberán inscribir su Código de Ética y nombrar a un titular de la Defensoría de las Audiencias, quien atenderá reclamaciones en un máximo de 20 días hábiles.
Las infracciones a estas normas contemplan sanciones económicas que van del 0.01% al 1% de los ingresos del concesionario, entrando en vigor 30 días naturales después de su publicación.







