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El Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro emitió una normatividad estricta para frenar la contaminación auditiva y el mal uso de espacios dentro de sus instalaciones, prohibiendo explícitamente el uso de altavoces, aparatos de sonido, bocinas y gritos por parte de los locatarios para promocionar sus productos o servicios.

La medida quedó formalizada en la Gaceta Oficial de este miércoles mediante la publicación del Reglamento para la instalación, operación, verificación y seguridad de locales y/o espacios comerciales asignados y/o propiedad del Sistema de Transporte Colectivo, ordenamiento que abroga formalmente el marco regulatorio emitido en julio de 2020.

De acuerdo con el nuevo articulado, generar ruidos altos mediante llamadas de atención verbales o electrónicas dentro y fuera de las estaciones ameritará sanciones económicas que van de las 50 (5 mil 865 pesos) a las 200 UMA (más de 23 mil pesos).

El reglamento establece restricciones operativas para los permisionarios, tales como la prohibición de utilizar los establecimientos comerciales como bodegas de almacenamiento de insumos, comercializar giros no autorizados y trasladar mercancías, residuos o mobiliario utilizando elevadores, escaleras electromecánicas, bandas transportadoras o los trenes de la red.

En materia de sanidad y limpieza, la disposición obliga a los locatarios a recolectar y retirar sus desechos al menos dos veces al día —entre las 12:00 y las 18:00 horas—, prohibiendo tajantemente almacenar basura al interior de las estaciones, ya sea detrás, a los lados o encima de los espacios comerciales, para lo cual cada permisionario deberá implementar un plan formal de manejo de residuos.